Bonificación del IBI por instalar Placas Solares en Andalucía 2026
Bonificación del IBI de hasta el 50% por instalar placas solares en Andalucía en 2026. Te contamos las cuantías y particularidades de cada ayuntamiento para que ahorres aún más con tu instalación.
Con la energía fotovoltaica en auge en toda España, además de ayudas al autoconsumo y reconocimiento de nuevos modelos como el autoconsumo colectivo y las comunidades energéticas, encontramos una importante consolidación de incentivos fiscales que hacen aún más fácil el paso a la independencia energética.
Tras abordar en anteriores entradas de nuestro blog ayudas al autoconsumo como los programas INEA e INCEA, queremos ahora analizar los distintos beneficios fiscales que los diferentes municipios andaluces ofrecen para facilitar el camino a la instalación de placas solares.
Aunque en Andalucía existen varias normativas beneficiosas para el ciudadano, como la reducción del impuesto sobre Instalaciones, Construcciones y Obras (ICIO) y deducciones en el IRPF, hoy nos centraremos en la Bonificación del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) y sus cuantías para el próximo año 2026.
¿Qué es la Bonificación del IBI y por qué es clave?
La normativa Real Decreto Legislativo 2/2004 permite a los ayuntamientos exigir el pago del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) y también ofrecer ciertas bonificaciones a los ciudadanos. La cuantía total del impuesto se paga anualmente en uno o dos movimientos, y dependerá del valor catastral del inmueble. La bonificación del IBI es, por tanto, un descuento en la cuota íntegra de tu impuesto municipal que puedes obtener por instalar paneles solares y que puede llegar hasta el 50%.
Es potestad del ayuntamiento decidir:
- El porcentaje exacto de la bonificación del IBI (que puede ser del 50%, del 30%, del 15%…)
- La duración de la ayuda (desde 1 solo año hasta 30 años)
- Los requisitos y límites.
Siendo un impuesto puramente municipal y los ayuntamientos los máximos responsables, encontramos importantes diferencias entre unos y otros municipios, tanto en cuantía de la bonificación del IBI como en el tiempo de vigencia de estos incentivos y ayudas al autoconsumo. Por ejemplo, podemos encontrarnos desde casos como Chiclana de la Frontera (Cádiz) con bonificaciones del 10% y duración de 6 años, hasta otros incentivos mayores como el de Mairena del Aljarafe (Sevilla), con un porcentaje de ahorro del 50% y 7 años de duración.
En este artículo ofrecemos el listado actualizado de bonificaciones en el IBI en Andalucía para el próximo año 2026, así como sus condiciones o requisitos. Esta información también está disponible para su consulta en cada ayuntamiento. Si tienes dudas o necesitas asesoramiento, estamos encantados de atenderte sin compromiso.

Solicitud Bonificación IBI: Cómo conseguir tu incentivo fiscal correctamente
Lo primero y más importante es entender que la bonificación del IBI tiene un carácter rogado; esto quiere decir que nunca es automática ni se aplica de manera directa, si no que hemos de solicitarla. Debe ser el propietario quien realice la solicitud, o bien apoderar a un tercero para que lleve a cabo el procedimiento.
Si llevas a término tu instalación con nosotros, en Vector Solar nos ocupamos de todo el trámite o, si el ayuntamiento en cuestión no permitiera la intermediación de un tercero, dejamos toda la documentación lista para ti.
¿Cómo Solicitar la Bonificación del IBI?
Sea el propietario del inmueble o la empresa instaladora la que realice la solicitud, debemos tener en cuenta tanto la documentación necesaria como las formas posibles de realizar la presentación. Aunque el formulario final es específico de cada ayuntamiento, el proceso y la documentación son muy similares en toda Andalucía.
1 | Documentación Esencial
Sea cual sea el Ayuntamiento, necesitaremos recopilar cierta documentación. Aunque existen variaciones entre municipios, lo más habituales son los siguientes:
| Administrativos | Técnicos | Económicos |
|---|---|---|
| Formulario de solicitud del Ayuntamiento | Memoria Técnica de la instalación o proyecto visado | Facturas detalladas de la instalación |
| DNI del propietario del Inmueble | Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) | Justificante del pago del ICIO (Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras) |
| Fotocopia del recibo del IBI y/o referencia catastral | Certificado final de obra | Mejora de infraestructuras eléctricas y gestión de la demanda de energía. Cargadores de vehículos eléctricos. |
Licencia urbanística de la instalación | Fichas Técnicas de paneles e inversores |
2 | Proceso de Solicitud
La solicitud se presenta en el registro del ayuntamiento o del organismo tributario provincial (como por ejemplo OPAEF en Sevilla o Gestrisam en Málaga). Existen además varias vías posibles para proceder. Las más habituales son:
- Telemática: Es la vía más rápida, a través de la Sede Electrónica u Oficina Virtual del Ayuntamiento. Se necesita de Certificado Digital o Cl@ve para un correcto acceso identificado. Puede darse el caso de que haya que personarse igualmente en el Ayuntamiento para la firma última de la solicitud.
- Presencial: En las Oficinas de Atención al Contribuyente (OAC), mediante cita previa.
- Registro: Adjuntando la solicitud junto con la documentación necesaria en cualquier registro a disposición de los ciudadanos (Registro General del Ayuntamiento, Correos, etc).
Bonificaciones del IBI en Andalucía 2026: Listado de municipios
¿Cuánto se bonifica en tu municipio? A continuación listamos los pueblos y ciudades que tienen algún tipo de bonificación de IBI por autoconsumo fotovoltaico con sus novedades para el próximo años 2026, entendiendo el porcentaje de bonificación, los años de vigencia, el uso al que se aplica y las posibles limitaciones.
Nota: Es posible que algunos ayuntamientos actualicen sus novedades para 2026 más tarde; iremos actualizando esta información periódicamente.
Almería
| Municipio | % Bonificación | Años | Uso aplicable | Limitaciones |
|---|---|---|---|---|
| Adra | 50% | 2 | Propiedad de empresas e inmobiliarias | – |
| Almería | 50% | 3 | Residencial | No podrá superar el 33% del coste de la instalación. Potencia >2 kW por cada 225m2 |
| El Ejido | 50% | 2 | Empresas de urbanización | _ |
| Vera | 10% | 3 | Residencial | _ |
Cádiz
| Municipio | % Bonificación | Años | Uso aplicable | Limitaciones |
|---|---|---|---|---|
| Arcos de la Frontera | 10% | _ | Residencial | – |
| Cádiz | 50% | 4 | Todos. Incluye reg. de propiedad horizontal | Bonificación máxima anual de 300€ |
| Chiclana de la Frontera | 10% | 6 | _ | |
| Jerez de la Frontera | 25% | _ | Residencial | _ |
| Puerto de Santa María | 50% | 2 | _ | _ |
| Rota | 50% | 5 | Residencia habitual | Bonificación máxima anual de 300€, con un límite del 30% del coste de la instalación |
| San Fernando | 25-50% | 3 | Todos. Incluye reg. de propiedad horizontal | Para uso no residencial, máximo del 25% |
Córdoba
| Municipio | % Bonificación | Años | Uso aplicable | Limitaciones |
|---|---|---|---|---|
| Aguilar de la Frontera | 50% | 5 | – | – |
| Cabra | 25% | – | – | – |
| Córdoba | 50% | 10 | Residencia habitual | – |
| Granada | 50% | 1 | Residencial | – |
| La Carlota | Hasta 50% | 3 | Residencial, incluye régimen de propiedad horizontal | Bonificación máxima del 15% del coste de la instalación. Depende de la demanda energética cubierta |
| Lucena | 40% | 3 | Todos. Incluye reg. de propiedad horizontal | _ |
| Montilla | 30% | 3 | Residencial | Bonificación máxima del 80% del coste de la instalación. |
| Palma del Río | 40% | 2 | Residencia habitual | Único inmueble residencial del sujeto pasivo con sistema de aprovechamiento solar |
| Peñarroya-Pueblonuevo | 50% | 10 | Residencial | Potencia > 1kWh |
| Pozoblanco | 50% | 10 | Residencia habitual | Bonificación máxima del 40% del coste de la instalación. |
| Priego de Córdoba | 50% | 10 | Locales de uso comercial | _ |
| Puente Genil | 25% | 5 | _ | Bonificación máxima del 80% del coste de la instalación. |
Granada
| Municipio | % Bonificación | Años | Uso aplicable | Limitaciones |
|---|---|---|---|---|
| Armilla | 50% | 1 | – | – |
| Atarfe | 50% | 1 | – | – |
| Churriana de la Vega | 30% | 1 | – | – |
| Granada | 50% | 1 | Residencial | – |
| Las Gabias | 35% | _ | Residencial | _ |
| La Zubia | 50% | 1 | _ | _ |
| Loja | 30% | 2 | _ | _ |
| Vegas del Genil | 50% | 1 | _ | _ |
Huelva
| Municipio | % Bonificación | Años | Uso aplicable | Limitaciones |
|---|---|---|---|---|
| Aljaraque | 40% | 10 | Residencial | Potencia máx: 10kWp |
| Gibraleón | 50% | _ | _ | _ |
| Huelva | 50% | 3 | Residencial | No podrá superar el 33% del coste de la instalación |
| La Palma del Condado | 25% | 4 | Residencial | _ |
| Lepe | 50% | 3 | _ | _ |
| Moguer | 50% | 3 | _ | Instalaciones realizadas en los años 2023, 2024 y 2025 |
Jaén
| Municipio | % Bonificación | Años | Uso aplicable | Limitaciones |
|---|---|---|---|---|
| Alcalá la Real | 30% | 3 | _ | – |
| Andújar | 50% | 4 | Residencial | _ |
| Jaén | 50% | _ | Todos | _ |
| Torredelcampo | 50% | 5 | _ | _ |
| Úbeda | 30% | 5 | _ | _ |
Málaga
| Municipio | % Bonificación | Años | Uso aplicable | Limitaciones |
|---|---|---|---|---|
| Alhaurín de la Torre | Hasta 50% | 2 | Residencial | Primer año: 50%. Segundo año: 25% |
| Antequera | Hasta 40% | 3 | Todos | Primer año: 40%. Segundo año: 30%. Tercer año: 20% |
| Cártama | 25% | 5 | – | – |
| Fuengirola | 50% | 3 | _ | No podrá superar el 25% del coste de la instalación |
| Málaga | 15% | 3 | Residencial | No podrá superar el 33% del coste de la instalación |
Marbella | 25% | 5 | Todos | _ |
| Rincón de la Victoria | 15% | 3 | Residencial. Incluye reg. de propiedad horizontal | No podrá superar el 33% del coste de la instalación |
| Ronda | 30% | 3 | Residencial | No podrá superar el 33% del coste de la instalación |
| Torremolinos | 50% | 3 | Residencial | Potencia > 3kW por cada 200m2 |
| Vélez-Málaga | 50% | 3 | – | Potencia > 2,5kW por cada 200m2 |
Sevilla
| Municipio | % Bonificación | Años | Uso aplicable | Limitaciones |
|---|---|---|---|---|
| Alcalá de Guadaíra | 24% | 4 | Residencial | Potencia > 2KWp |
| Alcalá del Río | 20% | 4 | Todos | _ |
| Arahal | 50% | _ | _ | _ |
| Bormujos | 50% | 5 | Todos | Potencia >12,5Wp por cada m2 |
| Camas | 50% | _ | _ | _ |
| Cantillana | 50% | 4 | _ | Bonificación máx. 300€ |
| Carmona | 25% | 3 | _ | _ |
| Castilleja de la Cuesta | 50% | 6 | _ | Bonificación máx: 150€ los tres primeros años, 120€ los siguientes. |
| Coria del Río | Hasta 25% | 5 | Todos | El % de bonif. depende del valor catastral del inmueble |
| Dos Hermanas | 50% | 5 | Residencial | Mín. 50% del suministro de energía eléctrica. Bonif. máx. 200€ |
| Écija | 30% | _ | _ | _ |
| Gelves | 30% | 3 | _ | _ |
| Gines | 30% | _ | Todos | _ |
| Guillena | 25% | 5 | _ | _ |
| La Algaba | 50% | 3 | Residencial | No podrá superar el 33% del coste de la instalación. Potencia >2 kW por cada 225m2 |
| Las Cabezas de San Juan | 25% | 3 | Inmuebles urbanos | _ |
| Los Palacios y Villafranca | Hasta 50% | 5 | Residencial | 50% durante los tres primeros años, 30% los siguientes dos |
| Mairena del Alcor | 50% | 7 | Residencial urbana | Potencia >12,5Wp por cada m2. Cuantía máx: 300€ / año |
| Morón de la Frontera | 50% | 3 | Residencial | Bonificación máx. 1000€ |
| Pilas | 20% | 4 | Todos | _ |
| San Juan de Aznalfarache | 50% | 7 | Todos | _ |
| Sanlúcar la Mayor | 50% | 3 | Residencial | _ |
| Sevilla | 50% | 3 | Residencial | _ |
| Tomares | 50% | 5 | Residencial | _ |
| Utrera | 15% | _ | Residencial | _ |
Preguntas Frecuentes sobre la Bonificación IBI
¿Es compatible la bonificación del IBI con otras ayudas o incentivos?
¡Sí! Es compatible con otras bonificaciones municipales (como la del ICIO) y con cualquier ayuda autonómica o estatal que pudiera surgir. Por ejemplo, hasta final de año sigue vigente la deducción en el IRPF (que puede llegar hasta el 60% del coste de la instalación), perfectamente compatible con esta bonificación del IBI, además de las ayudas de los programas INEA e INCEA.
¿Qué ocurre si mi pueblo no aparece en el listado?
Es posible que aún no estén actualizadas todas las Ordenanzas Municipales. Desde Vector Solar iremos comprobando durante este final de año 2025 e inicios de 2026 las nuevas normativas que pudieran aparecer, e iremos actualizando este listado. En cualquier caso, recomendamos siempre revisar las ordenanzas del municipio en cuestión.
Puede ser que directamente el Ayuntamiento no ofrezca este tipo de incentivo al autoconsumo. Consúltanos sin compromiso y comprobaremos si puedes beneficiarte de alguna otra ayuda al autoconsumo.
¿Tengo que pedir la bonificación cada año?
No es necesario. Si bien ya hemos comentado que se trata de un procedimiento rogado y que no se realiza automáticamente, también es cierto que normalmente y una vez solicitado no es necesario renovarlo durante la vigencia del incentivo (1, 3, 5 años…).
En Vector Solar ofrecemos un servicio 360, incluyendo la gestión de ayudas y lo trámites administrativos.
Nos encargamos de preparar y presentar tu solicitud de bonificación del IBI para que tú solo te preocupes de ver cómo baja tu factura de la luz.
Pide tu estudio gratuito hoy mismo y te entregaremos un cálculo de rentabilidad y generación de energía reales, totalmente a medida de tus necesidades.
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