octubre 29, 2025

Comunidad Energética y Autoconsumo Compartido: La Guía Definitiva para compartir energía solar (y el salto a los 5 km)

Comunidad Energética y Autoconsumo Compartido: Diferencias legales, beneficios y los esperados 5 km. ¡Guía Útil para tu proyecto solar colectivo!

Comunidades de vecinos
Comunidades energéticas
Comunidad Energética
Índice

La transición energética ha disparado nuevos modelos de consumo colaborativo de energía renovable como la solar fotovoltaica. Conceptos como la comunidad energética y el autoconsumo colectivo en comunidades de vecinos surgen para que grupos de personas produzcan, compartan y consuman su propia electricidad limpia. Aunque ambos permiten aprovechar la energía solar en tejados o superficies cercanas, tienen orígenes legales, objetivos y escalas distintas. En este artículo explicamos qué es cada uno y sus diferencias clave y ventajas.

Si tu comunidad o empresa está considerando invertir en un proyecto solar colectivo, es fundamental diferenciar entre Autoconsumo Compartido y Comunidad Energética. La elección de uno u otro no solo afecta al ahorro en la factura, sino también a la personalidad jurídica del proyecto y su capacidad de obtener beneficios a largo plazo.

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Autoconsumo Colectivo: el mecanismo del ahorro

El Autoconsumo Colectivo o Compartido es una modalidad técnica que permite que varios consumidores se beneficien de una única instalación fotovoltaica. Este modelo a menudo es aplicado en comunidades de vecinos o incluso en varias empresas de un mismo polígono industrial. Por ejemplo, los vecinos de un edificio pueden colocar paneles en la azotea y repartirse la energía generada según su consumo. Puede tratarse de una instalación orientada a las zonas comunes (instalación básica), que además surta a las viviendas (instalación integral), o de un esquema flexible donde solo parte de los vecinos se benefician.

Legalmente, en España el autoconsumo colectivo está regulado en el Real Decreto 244/2019, que establece las condiciones para compartir energía entre usuarios próximos. Originalmente este RD limitaba la distancia entre la instalación y los consumidores a 500 metros; tras modificaciones recientes (2023) ese radio sube a 2 km y está previsto ampliarlo hasta 5 km en el Nuevo Decreto de Autoconsumo previsto tras el fallido ‘Decreto Antiapagones’. En la práctica, los vecinos de un mismo edificio o urbanización pueden participar siempre que exista acuerdo (por ejemplo, aprobación en Junta de Propietarios) y se instalen contadores para repartir la energía producida. El autoconsumo colectivo es ideal para comunidades de vecinos, pequeñas agrupaciones de viviendas o polígonos industriales reducidos, ya que simplifica la gestión interna y reduce los costes al compartir la inversión en un solo proyecto.

Requisitos y Enfoque del Autoconsumo Compartido

El objetivo principal del Autoconsumo Colectivo es claro: el ahorro económico directo e individual de cada participante.

Para que un proyecto de autoconsumo compartido sea legalmente constituido, se requieren dos elementos administrativos esenciales:

  1. Código de Autoconsumo (CAU): Una identificación única para la instalación que gestiona su empresa instaladora.
  2. Acuerdo de Reparto: Un documento obligatorio que firman todos los consumidores asociados. Este acuerdo define los coeficientes fijos que determinarán qué porcentaje exacto de la energía generada corresponde a cada contador.

En esta modalidad, la distribuidora de la zona es la encargada de imputar el porcentaje de energía producida a cada asociado basándose en estos coeficientes. Los excedentes de energía (la electricidad sobrante que se vierte a la red) se compensan directamente en la factura individual de cada consumidor.

La gran ventaja del Autoconsumo Colectivo es su sencillez administrativa. Es el camino más rápido si su único objetivo es el ahorro individual en la factura eléctrica junto con tus vecinos.

autoconsumo colectivo autoconsumo compartido

Comunidad Energética: Un vehículo para la soberanía local

Una Comunidad Energética representa un modelo con un potencial mucho mayor que el simple ahorro; se trata de una una entidad jurídica y social formal, que agrupa a personas, pymes, administraciones locales u otras entidades con el fin de satisfacer colectivamente sus necesidades energéticas con fuentes renovables. En la práctica, puede constituirse como cooperativa, asociación o entidad local, respetando la participación abierta y democrática de los socios.

El objetivo principal de las comunidades energéticas es generar beneficios medioambientales, sociales y económicos para sus miembros y la comunidad local. Así, estas comunidades permiten producir, consumir, almacenar e incluso compartir energía solar en su ámbito cercano. Por ejemplo, una comunidad energética puede instalar paneles solares en varios edificios municipales y también facilitar servicios de eficiencia energética o carga de vehículos eléctricos para sus socios.

La gestión suele ser participativa y puede requerir un gestor externo para coordinar proyectos de mayor escala. Este modelo está respaldado por directivas europeas (como la Directiva 2018/2001) y por leyes españolas recientes (Ley 7/2021 de Cambio Climático), que promueven su desarrollo y facilitan subvenciones específicas para estas iniciativas.

El Objeto Social: La Diferencia Fundamental

La clave que diferencia a una Comunidad Energética de un simple acuerdo de Autoconsumo Compartido es su objeto social prioritario. La normativa exige que su objetivo principal sea proporcionar beneficios ambientales, económicos o sociales a sus socios o a la comunidad local, priorizando estos beneficios sobre la simple ganancia financiera o el reparto de dividendos a los accionistas.

Mientras que el Autoconsumo Colectivo o Autoconsumo Compartido es la modalidad técnica, la Comunidad Energética es el vehículo legal que puede utilizar esa modalidad (el autoconsumo compartido) para fines más ambiciosos y beneficiosos para la comunidad en cuestión.

Una Comunidad Energética ofrece las siguientes ventajas distintivas:

  • Mayor Capacidad de Actuación: Al ser una entidad legal, puede gestionar proyectos de producción, consumo, distribución, eficiencia energética e incluso movilidad.
  • Gobernanza Democrática: El control debe ser participativo y democrático. Esto asegura que el proyecto nunca caiga bajo el control de un único inversor externo.
  • Gestión Colectiva de Excedentes: La CE puede gestionar colectivamente la venta de excedentes a través de un representante en el mercado. El beneficio económico de esa venta es un ingreso comunitario que se reparte o se reinvierte según los estatutos, lo que permite una gestión financiera más sofisticada, como el ofrecimiento de servicios de batería virtual comunitaria.
comunidad energética

Diferencias clave entre ambos modelos

Aunque ambos modelos comparten la base de auto-generación colaborativa de energía solar, presentan diferencias importantes en participantes, alcance y objetivos:

  • Participantes: En el autoconsumo colectivo suelen participar principalmente privados: vecinos, comunidades de propietarios y pymes locales. Los consumidores asociados comparten la propiedad de la instalación y los costes proporcionalmente. En cambio, una comunidad energética integra un espectro más amplio: ciudadanos, pequeñas empresas, cooperativas e incluso ayuntamientos o entidades públicas como socios. Por ejemplo, ayuntamientos pueden participar cediendo cubiertas, consumiendo energía, o invirtiendo en el proyecto.
  • Alcance Geográfico: El autoconsumo colectivo exige proximidad física de los participantes (antes 500 m para instalaciones de hasta 5MW, luego 2 km; previsto 5 km). Esto garantiza eficiencia y facilita el reparto de energía dentro de un núcleo cercano. Las comunidades energéticas, en cambio, no tienen esta restricción explícita y firme de distancia: pueden abarcar barrios completos o varios municipios vecinos. Esto permite proyectos a mayor escala y con mayor número de instalaciones.
  • Objetivos y beneficios: El autoconsumo colectivo o autoconsumo compartido se centra en que los socios ahorren en su factura eléctrica al compartir energía solar. Su objetivo principal es el ahorro económico y la gestión eficiente de la instalación común. Por el contrario, las comunidades energéticas apuntan además a fines sociales y medioambientales más amplios. Buscan la democratización de la energía, la independencia, la lucha contra la pobreza energética y el desarrollo local sostenible. En ellas la prioridad es la comunidad.
  • Gestión y coordinación: El autoconsumo colectivo generalmente tiene una gestión sencilla, manejada directamente por los vecinos o con ayuda técnica básica, ya que se trata de un único proyecto localizado. En cambio, las comunidades energéticas requieren mayor coordinación interna (a menudo con la figura de un gestor externo), debido a la diversidad de miembros y posibles complejidades burocráticas.
  • Financiación y apoyos: Un proyecto de autoconsumo colectivo suele tener menor coste inicial (escala más pequeña) y se financia con recursos propios de los participantes. Las comunidades energéticas pueden acceder a subvenciones específicas y atraer inversión externa gracias a su dimensión y a las normativas de apoyo. Esto puede facilitar la inversión en instalaciones más grandes o servicios añadidos (almacenamiento, movilidad eléctrica, etc.).

En resumen, el autoconsumo colectivo es ideal para una comunidad de vecinos o grupo cercano que quiere instalar placas solares y repartir la energía localmente. Una comunidad energética es un proyecto más amplio, con múltiples actores públicos/privados, que busca no solo ahorrar, sino también tener impacto social, ambiental y económico en un territorio.

Comunidades Energéticas

Ventajas y beneficios de compartir energía solar

Tanto las comunidades energéticas como el autoconsumo colectivo ofrecen ventajas importantes para sus participantes. A continuación se resumen algunos beneficios clave de cada uno:

  • Ventajas de las comunidades energéticas:
    • Independencia energética: Mayor control del suministro al generar energía propia, reduciendo la dependencia de las grandes eléctricas.
    • Ahorro económico: Al compartir la producción renovable se reducen significativamente los costes de energía de los socios.
    • Impacto ambiental: Fomento del uso de energías limpias, reduciendo emisiones de CO₂ y contaminantes al evitar combustibles fósiles.
    • Desarrollo local y social: Promueven empleo y dinamismo económico en la zona, y combaten la pobreza energética al ofrecer energía más barata a colectivos vulnerables.
    • Cohesión comunitaria: Refuerzan la colaboración ciudadana y la responsabilidad compartida hacia el medio ambiente y hacia el propio desarrollo de la comunidad.
  • Ventajas del autoconsumo colectivo:
    • Ahorro compartido: Los actores participantes amortizan más rápido la inversión en placas solares y reducen sus facturas mensuales. Además, pueden vender el excedente de energía a la red para generar ingresos extra.
    • Facilidad de implementación: Al estar regulado por ley (RD 244/2019), el proceso administrativo es claro. Basta con el acuerdo de la comunidad de propietarios y los contadores adecuados para empezar a generar energía solar entre vecinos.
    • Beneficios ambientales: Igual que en las comunidades energéticas, favorece el consumo de energía renovable y optimiza los recursos solares disponibles.
    • Flexibilidad: Se pueden adaptar diferentes modalidades (por ejemplo, solo excedentes compartidos) y ajustar la distribución de energía según las necesidades de cada vecino.

Ambos modelos, por tanto, contribuyen a ahorrar en la factura eléctrica, reducir emisiones y fomentar la participación ciudadana en la transición energética. La elección entre uno u otro dependerá de la escala del proyecto y los objetivos sociales: para una comunidad de vecinos unida el autoconsumo colectivo puede ser suficiente, mientras que una comunidad energética local es más apropiada para implicar también instituciones públicas o cubrir varias zonas cercanas.

Autoconsumo Compartido/ColectivoComunidad Energética
NaturalezaModalidad Técnica y Económica (RD 244/2019).Entidad Jurídica formal (Asociación, Cooperativa…).
Objetivo PrincipalAhorro económico individual de los participantes.Beneficios ambientales, económicos y sociales para toda la comunidad por encima de la rentabilidad.
BurocraciaAcuerdo de reparto y CAU.Burocracia mayor (necesaria constitución de una entidad formal)
AlcanceLimitado a los 2km para instalaciones de hasta 5MW (se esperan 5km)Alcance ajustado al tamaño de la comunidad; proyectos mayores

La Revolución de los 5 kilómetros

La reciente modificación normativa, impulsada por actualizaciones como el Real Decreto-ley 7/2025 (que no llegó a término), pretende flexibilizar drásticamente las reglas del Autoconsumo Compartido.

Anteriormente limitado a 2 kilómetros, el Gobierno busca ahora ampliar la distancia máxima para que los consumidores se beneficien de una instalación solar remota de 2 km a 5 km para aquellas instalaciones de hasta 5MW.

Este cambio transforma el alcance del Autoconsumo Compartido, haciéndolo accesible para:

  • Polígonos industriales donde una gran nave puede abastecer a las empresas de alrededor, aunque estén a varios kilómetros.
  • Municipios rurales o núcleos urbanos dispersos que carecen de tejados aptos, pero pueden aprovechar una gran instalación cercana.
  • Comunidades de vecinos que ahora pueden asociarse con tejados más alejados si el suyo no es viable.

Es crucial notar que esta ampliación de 5 km solo se aplica a instalaciones fotovoltaicas ubicadas en cubiertas de edificaciones, suelo industrial o estructuras artificiales (como pérgolas solares), incentivando el uso de suelo ya antropizado.

Granada, líder andaluza

Granada es hoy un referente en España en este ámbito. De hecho, la provincia granadina lidera Andalucía con 15 iniciativas activas de comunidades energéticas locales. Crear comunidades energéticas democratiza el acceso a la energía y fortalece la economía local mientras se cuida del medio ambiente; por ello, cada vez más ayuntamientos y asociaciones en la provincia y en toda Andalucía promueven proyectos solares colectivos.

Este contexto marca un punto de partida muy favorable para Granada: significa más empleo en el sector, oportunidades de ahorro para vecinos y empresas, y un avance hacia un modelo energético sostenible, independiente y cercano a casa.

En Vector Solar ofrecemos servicios integrales para ambos modelos. Desde el asesoramiento inicial hasta la instalación y puesta en marcha de sistemas fotovoltaicos colectivos, acompañamos a comunidades de vecinos y nuevos proyectos energéticos locales.

Si eres vecino, empresa o entidad local en Granada interesada en estos modelos, es importante informarse bien. Podemos ayudarte a evaluar cuál se adapta mejor a tu caso, y gestionar todo el proceso. Escríbenos sin compromiso, estamos encantados de atenderte.

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