junio 10, 2025

Compensación de excedentes

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La compensación de excedentes, regulada por el RD 244/2019, permite que la energía fotovoltaica sobrante se vierta a la red eléctrica pública y se compense de la factura eléctrica del mismo mes. El consumidor recibe un precio por kWh (normalmente ligado al mercado mayorista) hasta igualar la energía importada; el excedente restante no se paga, salvo que se disponga de contrato de venta.

¿Qué modelos de compensación de excedentes existen?

Existen dos modelos de compensación de excedentes: Simplificado, destinado a potencias ≤100 kW (habituales en hogares y pequeños negocios), y con excedentes acogida a compensación para instalaciones mayores integradas en mercados.

Este sistema acorta el periodo de amortización y facilita la entrada al autoconsumo.

Claves para acogerse a la compensación de excedentes

Para acogerse, es imprescindible instalar un contador bidireccional, registrar correctamente la instalación en la comunidad autónoma y firmar un contrato de compensación con la comercializadora. En este punto comparar tarifas y revisar las condiciones es clave, pues algunas comercializadoras ofrecen precios fijos o indexados y aplican permanencias. Elige siempre comercializadoras con un precio competitivo de excedente y a ser posible sin permanencias. Si tienes dudas sobre qué comercializadora escoger, en Vector Solar te asesoramos sin compromiso.

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