Los tejados andaluces están de enhorabuena. El programa de subvenciones Plan Ecovivienda que fue impulsado el pasado año por la Junta de Andalucía ha ampliado su plazo hasta el 24 de diciembre de este año 2024. De modo que, si aún no lo has hecho, aún estás a tiempo de disfrutar de este importante incentivo.

¿En qué consiste el Plan Ecovivienda?

Esta interesante línea de subvención está orientada a la rehabilitación de edificios, principalmente de uso residencial, para incentivar la mejora de la eficiencia energética de las viviendas. Por supuesto, en este plan están incluidas las instalaciones fotovoltaicas, siempre y cuando se alcancen con la intervención unos máximos de consumo de energía no renovable.

El incentivo del Plan Ecovivienda cubre hasta un 40% del coste de la instalación hasta los 3000 € en aquellos casos en que la finalidad de la intervención sea la mejora de la eficiencia energética de la vivienda. Sin embargo, el programa Ecovivienda es mucho más amplio tanto en niveles de subvención como en tipos de solicitud: Y es que no sólo pueden solicitarla los particulares propietarios de viviendas, sino que también es aplicable a comunidades de vecinos que busquen beneficiarse de la eficiencia energética que nos aporta el sol. Incluso, el Plan está disponible para agrupaciones de comunidades de propietarios y Sociedades Cooperativas.

 

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¿Qué líneas de incentivo incluye el Plan Ecovivienda?

La Junta de Andalucía pone a disposición de los usuarios que quieran acogerse al plan diferentes líneas de programas en el incentivo:

  • Programa destinado a la mejora de la eficiencia energética en viviendas. Como máximo, la subvención otorga 3.000 euros, siendo necesario justificar la reducción en un 30 % del consumo de energías tradicionales no renovables.

 

  • Realización de obras de rehabilitación de edificios de viviendas y urbanización o reurbanización de espacios públicos dentro de ámbitos de actuación denominados Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP). Con este programa podrá subvencionarse el 40 %, el 65 % o el 80 % de la obra en función de la reducción del uso de energías no renovables que se consiga gracias a la instalación. La cuantía máxima a percibir es de 18.500 euros por vivienda, y la mitad del pago deberá realizarse por adelantado.

 

  • Programa destinado a la elaboración del libro del edificio. En este caso, la cantidad máxima a percibir en viviendas unifamiliares o edificios de hasta 20 viviendas será de 700 euros más 60 euros por vivienda. En caso de edificios con más de 20 viviendas la ayuda será de 1.100 euros más 40 euros por vivienda.

 

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Confíanos la gestión de tus subvenciones y benefíciate del autoconsumo sin preocupaciones. 

En Vector Solar tenemos una gran experiencia gestionando las subvenciones de nuestros clientes. Para nosotros es un orgullo poder decir que las subvenciones relativas a la eficiencia energética obtenida por las instalaciones fotovoltaicas que hemos ejecutado durante todos estos años han dado unos resultados impresionantes, gracias al altísimo porcentaje de resoluciones estimatorias obtenidas.

Disponemos de un departamento propio para la gestión de subvenciones para la instalación de placas solares, asegurándonos de que la éstas lleguen a buen fin: estamos siempre en guardia ante cualquier petición de subsanación o cualquier otro trámite justificativo para que nuestros clientes no tengan que preocuparse por nada más que disfrutar de su autoconsumo. Igualmente, y gracias a nuestra dilatada experiencia, también hemos ayudado a nuestros clientes con las subvenciones en el IBI, ICIO y las bonificaciones en el IRPF, que por cierto, no son incompatibles con las del Plan Ecovivienda.

 

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Requisitos de la subvención.

Si hablamos de los requisitos para el acceso a los incentivos que nos propone el Plan Ecovivienda Andalucía, debemos distinguir entre dos tipos diferentes: los requisitos administrativos y los técnicos.

Requisitos administrativos del Plan Ecovivienda.

  1. La persona jurídica debe encontrarse debidamente constituida en caso de que sea la solicitante.
  2. En el caso de que la persona solicitante de la subvención sea arrendataria de la vivienda, deberá contar con una autorización expresa del o la propietaria para la realización de las obras de eficiencia energética.
  3. Las viviendas en las que se vayan a realizar las obras deberán ser el domicilio habitual y permanente de los propietarios, usufructuarios o arrendatarios en el momento en que se solicita la subvención.

Requisitos técnicos del Plan Ecovivienda.

En el caso de los requisitos propiamente técnicos de la subvención, estos se centran en los objetivos de eficiencia energética conseguidos:

  • Se exige que la demanda de energía tradicional, es decir, procedentes de fuentes no renovables, se reduzca al menos en un 30%.
  • O bien, la demanda energética anual de calefacción y refrigeración deberá verse reducida, al menos, un 7%.

 

¿Cuál es la documentación necesaria para beneficiarse de la subvención?

Aunque la documentación requerida es amplia, en Vector Solar nos ocupamos de todo lo necesario para llevar a buen término la subvención. Únicamente te solicitaremos aquella que sólo tú puedes facilitarnos:

  • DNI, NIE o NIF.
  • Acreditación de que la persona jurídica está debidamente constituida.
  • Documentación acreditativa de la titularidad del edificio o vivienda.
  • Copia del acta con el acuerdo de la Comunidad de propietarios en caso de que sea ésta la beneficiaria.
  • Contrato de obra firmado y presupuesto.

 

No dudes en consultarnos cualquier duda referente a este Plan de ayudas, o sobre cualquier otra cuestión. Como siempre, puedes contar con nosotros para que te preparemos tu estudio gratuito, personalizado y sin compromiso para la instalación de placas solares en tu vivienda.

Estamos siempre a tu disposición. ¿Hablamos?.

 

 

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